martes, 24 de julio de 2012

viernes, 13 de julio de 2012

lunes, 9 de julio de 2012

sábado, 30 de junio de 2012

Constitución de la Nación Argentina










PRIMERA PARTE

Capítulo Primero

Declaraciones, Derechos y Garantías.

Artículo 1°- La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana federal, según la establece la presente Constitución.

....

Artículo 22- El pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta Constitución. Toda fuerza armada o reunión de personas que se atribuya los derechos del pueblo y peticione a nombre de éste, comete delito de sedición.

Capítulo segundo

Nuevos derechos y garantías

Artículo 38- Los partidos políticos son instituciones fundamentales del sistema democrático.

Su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto a esta Constitución, la que garantiza su organización y funcionamiento democráticos, la representación de las minorías, la competencia para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos, el acceso a la información publica y la difusión de sus ideas.

El Estado contribuye al sostenimiento económico de sus actividades y de la capacitación de sus dirigentes.

Los partidos políticos deberán dar publicidad del origen y destino de sus fondos y patrimonio.

Artículo 39- Los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa para presentar proyectos de ley en la Cámara de Diputados. El Congreso deberá darles expreso tratamiento dentro del término de doce meses.

El Congreso, con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, sancionará una ley reglamentaria que no podrá exigir más del tres por ciento del padrón electoral nacional, dentro del cual deberá contemplar una adecuada distribución territorial para suscribir la iniciativa.

No serán objeto de iniciativa popular los proyectos referidos a reforma constitucional, tratados internacionales, tributos, presupuesto y materia penal.

Artículo 40- El Congreso, a iniciativa de la Cámara de Diputados, podrá someter a consulta popular un proyecto de ley. La ley de convocatoria no podrá ser vetada. El voto afirmativo del proyecto por el pueblo de la Nación lo convertirá en ley y su promulgación será automática.

El Congreso o el Presidente de la Nación, dentro de sus respectivas competencias, podrán convocar a consulta popular no vinculante. En este caso el voto no será obligatorio.

El Congreso, con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, reglamentará las materias, procedimientos y oportunidad de la consulta popular.

Artículo 41- Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley.

Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales.

Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales.

Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos.


Fuente: SitiosArgentina

domingo, 24 de junio de 2012

Frases de Ernesto ¨Che¨ Guevara



"Prefiero morir de pie, a vivir arrodillado."

"Seamos realistas y hagamos lo imposible."

"Si no hay (café) para todos, no habrá para nadie."



La Revolucion define su rumbo

¨Sacude la mata, Fidel, para que de la copa caigan los frutos podridos de la administración¨. Esa era la consigna popular más escuchada durante los primeros meses de la revolución.

El pueblo exigía al líder una profunda depuración de todos aquellos que de una u otra manera habían participado de un pasado humillante. Por ejemplo, se dictó la ley de confiscación de bienes mal habidos, enjuiciamiento de aquellos que fueron acusados de torturas y asesinatos durante la dictadura de Batista. Fueron hallados culpables y luego fusilados.

Castro organizó el poder de la siguiente manera:

Presidente: Manuel Urrutia Lleó
Primer Ministro: José Miró
Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas: Fidel Castro

Miró Cardona dejó su cargo y el propio Castro quedó en su lugar.

En junio de 1959 Urrutia tiene intenciones de convocar a elecciones y Castro entonces lo destruyó y designó en su lugar a Osvaldo Dorticós Torrado. Este ejerció el cargo de Presidente hasta 1956.

Cuando las medidas revolucionarias empezaron a cambiar la realidad socio-económica, los sectores moderadas empezaron a reaccionar y a retirar su apoyo.